Poder
Electoral
Poder público se encarga de todo lo relativo a las elecciones en los términos señalados en la Constitución Bolivariana de la Republica de Venezuela
Artículo Nro. 292 “El Poder Electoral se ejerce por el Consejo Nacional Electoral como ente rector y, son organismos subordinados a éste, la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento, con la organización y el funcionamiento que establezca la ley orgánica respectiva”